
El coordinador general de Política y Gobierno de la Presidencia de la República, Arturo Saldívar Lelo de Larrea, aclaró que los servidores públicos que solicitan licencia a su cargo dejan de contar con inmunidad procesal, por lo que pueden ser sujetos a procesos penales como cualquier ciudadano.
Lo anterior, en el contexto de versiones difundidas en algunos medios sobre la situación del gobernador de Sinaloa, Rubén Rocha Moya, tras solicitar licencia a su cargo.
“Es incorrecto lo que han publicado ciertos medios en el sentido de que un gobernador y un presidente municipal con licencia siguen teniendo ‘fuero’”.
Saldívar explicó que la inmunidad procesal, comúnmente conocida como fuero, es una garantía constitucional que protege el ejercicio de funciones públicas, pero no a la persona en sí misma, y que su aplicación depende de que el servidor público se encuentre en funciones.
“La inmunidad procesal, mal llamada ‘fuero’, es una garantía de cierta categoría de servidores públicos para evitar que sean procesados penalmente sin que la Cámara de Diputados emita una declaratoria de procedencia que levante la inmunidad procesal en los términos del artículo 111 de la Constitución”.
En ese sentido, enfatizó que al separarse del cargo mediante licencia, los funcionarios dejan de ejercer sus funciones y, por tanto, pierden dicha protección legal.
“El ‘fuero’ protege a la función no a la persona. Quien obtiene una licencia ya no ejerce la función, por tanto, puede ser detenida como cualquier persona, pues ya no goza de la inmunidad procesal”.
Finalmente, añadió que existen precedentes del Poder Judicial Federal que respaldan esta interpretación sobre la pérdida de inmunidad procesal al dejar de ejercer el cargo público.




