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Confirman sanciones contra Abigail Arredondo y María Alemán

Las sanciones a las excandidatas priistas a la gubernatura y la presidencia municipal de Querétaro, Abigail Arredondo y María Alemán respectivamente, por uso indebido de la imagen de niños, niñas y adolescentes y por colocación indebida de propaganda fue confirmado por el pleno del Tribunal Electoral del Estado de Querétaro (TEEQ).

Los magistrados electorales, en sesión plenaria acordaron que se acreditó la colocación de propaganda electoral en lugar prohibido, atribuida a la entonces candidata a la presidencia municipal de Querétaro, postulada por el PRI, María Alemán.

La sanción para la priista es de 300 Unidades de Medida de Actualización (UMAS), equivalentes a 26 mil 886 pesos

“El Tribunal Electoral determinó la existencia de las conductas denunciadas al demostrarse la presencia de tres elementos de propaganda que se colocaron de manera ilícita, y luego de la calificación de la falta como grave ordinaria y la individualización de la sanción -en cumplimiento a lo ordenado por la Sala Regional Monterrey del TEPJF-, se impuso una multa a la otrora candidata denunciada consistente en 300 (trescientas) Unidades de Medida y Actualización (UMAS)”, indica la resolución.

Asimismo, el TEEQ consideró existente la comisión de uso indebido de imagen de niñas, niños y adolescentes en la propaganda electoral de la excandidata a la gubernatura del Estado de Querétaro postulada por el PRI, Abigail Arredondo por lo que deberá pagar una multa de 13 mil 443 pesos.

El procedimiento especial sancionador TEEQ-PES-137/2021 refiere el supuesto uso indebido de la imagen de niñas, niños y adolescentes en propaganda electoral, en diversas publicaciones en la red social Facebook, vulnerando con ello el interés superior de la niñez por parte de la priista.

“El Tribunal Electoral tuvo por existente la infracción denunciada, pues si bien la denunciada presentó permiso y autorización de los padres, tutores o quienes ejerzan la patria potestad de seis menores de edad, se advirtió que, de las ocho publicaciones señaladas, solo de cinco se contaba con el permiso respectivo para que apareciera la imagen de los menores, por lo que se acreditó la infracción en tres imágenes donde no se aportó el permiso correspondiente”, indica el resolutivo.

En consecuencia, luego de la calificación de la falta como grave ordinaria y la individualización de la misma, el Tribunal Electoral impuso a la parte denunciada una sanción económica consistente en 150 (ciento cincuenta) UMAS.

Redacción El Queretano

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