Para América Hernández Ramírez y Maria Esther Nájera, abogadas de la menor de 11 años de edad, humillada por su maestra en Cuautla, la sentencia que condena a la docente a 3 años de prisión y a la reparación del daño es un caso histórico.
“Es un precedente y es el primer enjuiciamiento por este delito, la primera sentencia, la primera resolución y el Tribunal de Juicio Oral, yo quiero decirles que se ha visto robustecido por proteger el interés superior del menor
“Es histórico y un llamado a todas aquellas personas que se sienten violentadas y vulneradas por ese derecho que no tengan temor, que no tengan miedo, las autoridades han demostrado que las van a escuchar y nada más es cuestión de perseverancia y de conocimiento en el derecho para que todo esto tenga los frutos que ahora vemos”, dijo la Abogada Nájera.
Se trata del caso en el que una maestra de la Secundaría Federal número 2 de Cuautla, identificada como Harlem “N”, fue denunciada por discriminar a una de sus alumnas, a la que con sus malos tratos le provocó una parálisis facial.
América Hernández Ramírez, señaló en entrevista que ante la omisión de las autoridades de la escuela donde la menor sufría la discriminación y del Instituto de Educación Básica del Estado de Morelos (IEBEM), la madre de la menor decidió interponer la denuncia penal.
“Tengo conocimiento desde su origen, gracias a que la mamá puso su confianza en esta última y ella me hacía saber que fue primeramente con el tutor de su grupo u orientador también conocido, posteriormente con el subdirector y después de múltiples llamados de atención que se hacían por parte de la mamá hacia lo que eran los representantes de la institución, de la secundaria federal número 2, fue cuando se toma la decisión y bueno, se le hace partícipe a la directora de la escuela.
“Siempre se siguió un lineamiento, un orden, jamás se brincaron trancas, ni mucho menos se buscó de alguna manera perjudicar a la profesora, jamás, previo a iniciar cualquier trámite legal lo que hicimos es darle en conocimiento a la directora de lo que estaba ocurriendo”, dijo.
El caso fue juzgado con base en el Artículo 212 Quater del Código Penal para el Estado de Morelos que tipifica el delito de discriminación.
“Se impondrán de uno a tres años de prisión o de veinticinco a cien días de trabajo en favor de la comunidad y multa de cincuenta a doscientos días al que, por razón de edad, sexo, estado civil, embarazo, raza, procedencia étnica, idioma, religión, ideología en general, orientación o preferencia sexual, identidad de género, color de piel, nacionalidad, origen o posición social, trabajo o profesión, posición económica, características físicas, discapacidad o estado de salud o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas”, señala el artículo.
“Se llegó hasta la Fiscalía, en donde al presentar la denuncia escuchamos una respuesta ya desde ahí, se comenzó a integrar la Carpeta de Investigación con las fiscales especialistas en tratar a adolescentes, a niñas, hasta llegar a una formulación de imputación, vinculación a proceso y llegamos primeramente ante un juez de control para posteriormente llegar a un tribunal de juicio oral, en donde en ese tribunal de juicio oral se aportaron de verdad todas las pruebas, que fueron bastantes y suficientes.
“En un tribunal, en donde fueron tres personas, tres jueces los que resolvieron sobre las pruebas que la Fiscalía aportó y se desahogaron, como fueron testimoniales, periciales, declaraciones, todo eso conformó la sentencia que ahora es de manera pública muy sabida, que es una sentencia condenatoria”, dijo la abogada Nájera.
Para la defensa de la menor, la resolución, que aún puede ser apelada por la profesora, cambiará la forma en la que los alumnos son tratados en las escuelas.
Uriel Carmona Gándara, Fiscal General del Estado de Morelos, dijo que para lograr la sentencia condenatoria, el Ministerio Público adscrito a la Fiscalía Regional Oriente aportó una serie de pruebas ante los jueces.
“El Ministerio Público presentó el acervo probatorio suficiente para lograr una sentencia condenatoria en contra de una profesora a la que el Tribunal de Enjuiciamiento encontró responsable en primera instancia, no es una resolución terminal, se puede apelar, puede ser impugnada, como responsable de este delito de discriminación en contra de una de sus alumnas.
“Son casos de frontera, son casos que tienen algunos aspectos inéditos, la legislación penal de Morelos es una legislación moderna que está actualizada casi en todos los aspectos para responder a la necesidad social del combate a la impunidad”, dijo.
Además de la pena de 3 años de prisión, la profesora fue sentenciada a reparar económicamente los daños ocasionados a la menor.
“Tenemos una condena donde también se acreditó un daño sicológico y se logró una sanción de 30 mil 500 pesos por ese concepto y de 30 mil pesos por el daño moral que se acreditó se le causó a la víctima.
“Cabe apuntar que también por parte del Tribunal porque está ordenándose en esta sentencia que se informe a la víctima en una audiencia privada de los alcances de la sentencia incluyendo a los compañeros de su colegio para que conozcan sus derechos, cosa que sí estimo que es inédita, creo que ninguna otra entidad del país ha ocurrido algo así y ahí debe de reconocerse la labor del Poder Judicial en este sentido”, dijo.