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Frenan taxis eléctricos por inconstitucionales

El riesgo de violar los derechos humanos fundamentales y constitucionales, obligaron a meter freno y dar marcha atrás a la intensión de que en el estado de Querétaro sólo cuenten con permiso para prestar el servicio de transporte público a vehículos eléctricos.

De acuerdo con la exposición de motivos de la ‘Ley que Reforma el Artículo 36 de la Ley de Movilidad para el Transporte del Estado de Querétaro; se Reforma el Artículo Tercero Transitorio y se Adiciona el Artículo Décimo Primero Transitorio a la Ley que Reforma, Adiciona Y Deroga Diversas Disposiciones de la Ley de Movilidad para el Transporte del Estado de Querétaro’, publicada en el periódico oficial del estado ‘La Sombra de Arteaga’, el texto anterior es limitativo y excluyente.

Y es que el artículo 130 párrafo tercero, señala: “El otorgamiento de permisos y concesiones para el servicio público en la modalidad de taxi o servicio de transporte privado de pasajeros se dará exclusivamente a aquellos solicitantes cuyo permiso o concesión será operada en un vehículo de propulsión eléctrica”.

Señala que el Congreso queretano está de acuerdo con las medidas que tutelen el medio ambiente sostenible; muestra de ello fue la adecuación a nuestro marco jurídico en materia de movilidad, a fin de contemplar medidas relativas a la protección ambiental, para tal efecto la Quincuagésima Octava Legislatura del Estado de Querétaro, tuvo a bien aprobar la “Ley que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley de Movilidad para el Transporte del Estado de Querétaro”.

Una de esas disposiciones fue la prevista en su artículo 36, párrafo cuarto, en el que se puede leer lo siguiente: “El Instituto podrá autorizar la ampliación de la vida útil hasta por cinco periodos de un año, siempre que de la verificación vehicular y revisión física y mecánica se desprenda que se encuentra en condiciones para continuar prestando el servicio y que la unidad está equipada con sistema de gas, de propulsión eléctrica, o cualquier otra tecnología autorizada y regulada por la Secretaria de Desarrollo Sustentable, que minimice los efectos perjudiciales al medio ambiente.”

Con lo que queda acreditado, los esfuerzos que en materia legislativa se han generado a fin de garantizar un medio ambiente sano para el desarrollo y bienestar de la población queretana.

“No obstante la disposición prevista fue aceptada de forma positiva, ésta limita y excluye a algunas unidades vehiculares que no cubren cabalmente la norma jurídica pero solo en algún aspecto subsanable, por lo que, en aras de no causar un perjuicio mayor que incluso podría considerarse que atente contra libertades como la de trabajo”.

Por ello, se considera prudente llevar a cabo una acción que, lejos de causar perjuicio, siga brindando oportunidades y además conserve la tónica que busca mejorar el medio ambiente, reduciendo las emisiones contaminantes que actualmente significan los vehículos con motores que funcionan única y exclusivamente a base de gasolinas, o bien sacando de circulación a unidades cuya antigüedad excede los parámetros permitidos.

Según datos proporcionados por el Instituto Queretano del Transporte a través de su Unidad Jurídica, en mayo de 2017, fue emitido el ‘Dictamen de necesidad de Servicio Público de Transporte en la modalidad de Transporte Privado de Pasajeros, en el Estado de Querétaro’, mismo que arrojó una necesidad de 1 mil 410 permisos, de los cuales fueron otorgados 620 en la anualidad 2017, subsistiendo la necesidad de 790.

Redacción El Queretano

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