El Instituto Queretano del Transporte (IQT) aseguró que el ajuste tarifario de 2018 al servicio de transporte público fue “responsable y sustentable”, ya que se realizó con sustento técnico y a partir de un estudio socioeconómico, luego de que el Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y del Trabajo del Vigésimo Segundo Circuito decidió que el aumento era inconstitucional.
Aunque afirmó que atenderá, conforme a la ley, el amparo en revisión 25/2021 que dictó esta sentencia, precisó que existe otro expediente en el que se reconoce la existencia y validez del estudio socioeconómico que le da soporte al ajuste a la tarifa de 2018.
Detalló que este amparo es uno de los nueve que se presentaron a inicios de 2019, seis de ellos siguen desechados, uno está en proceso y otro más reconoce y avala el estudio socioeconómico en la sentencia de amparo en revisión 20/2020 por el Segundo Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y Civil, derivado del amparo directo 120/2019 tramitado en el Juzgado Séptimo de Distrito.
Luego de que este fin de semana se diera a conocer la sentencia que considera inconstitucional el aumento a la tarifa de 2018, subrayó que atenderá la resolución del amparo en revisión 25/2021, derivado del amparo indirecto 119/2019, que se tramitó en el Juzgado Quinto de Distrito, donde se señala la supuesta falta de elementos en el estudio socioeconómico y subrayó que “la resolución únicamente ampara al promovente”.
Puntualizó que el ajuste de 2018 se acompañó del primer estudio técnico que analizó indicadores nacionales e internacionales relacionados con el servicio, como costos y situación socioeconómica para tener un sistema tarifario sustentable y eso permitió mantener en operación el servicio a pesar de la pandemia, “que en su momento más crítico registró una caída del 70 por ciento de los pasajeros y actualmente la baja se mantiene en 50 por ciento”.
El IQT subrayó que “el transporte público es esencial para el funcionamiento de las ciudades, politizarlo lo afecta gravemente. Este tipo de asuntos jurídicos se seguirán atendiendo conforme a las leyes aplicables y por las vías legales correspondientes, atendiendo las resoluciones que se determinen”.