La Secretaría del Trabajo (ST) capacita a su personal, de acuerdo a las nuevas disposiciones legales y Reformas Constitucionales, para realizar una labor apegada al marco jurídico, en particular, en torno a la reforma al artículo 311 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), en materia de Teletrabajo.
La ST informó que, dentro de las atribuciones de la Unidad de Inspección y Asesoría del Trabajo, de acuerdo al Reglamento Interior de la Secretaría del Trabajo, se encuentra la supervisión de los centros laborales, las condiciones generales de trabajo, así como que cumplan con las disposiciones legales vigentes que garanticen el respeto de los derechos de las y los empleados, así como de las y los empleadores.
En este sentido se impartió la capacitación, para identificar al teletrabajo como una modalidad que debe prestarse con las siguientes características para ser considerado como tal:
Que para realizar el trabajo se utilicen las Tecnologías de la Comunicación (TIC´S).
Que más de 40% del tiempo de sus actividades se realicen fuera de su centro de trabajo, ya sea en casa o en el domicilio elegido.
La LFT contempla que este esquema forme parte del contrato individual o colectivo de trabajo; o bien, el reglamento interior del centro de trabajo.
Se destacó la importancia de que previamente se establezca un acuerdo por escrito entre el empleador y trabajador, en el que se precise que las actividades serán consideradas como teletrabajo, así como el establecimiento de las obligaciones entre ambas partes.
Ante la ausencia de un acuerdo voluntario, no se puede considerar como Teletrabajo.
La ST llevará a cabo una serie de capacitaciones para socializar y llevar a la práctica las Reformas Constitucionales y Leyes que en materia de trabajo se han aprobado, para que se conozcan y la actuación como autoridad cumpla con la legalidad.