Cualquiera puede ser Presidente Municipal. Sólo necesita ser mexicano en uso pleno de sus derechos civiles y constitucionales. Sin embargo, no cualquiera puede conducir un municipio al desarrollo y progreso. Poder ser y estar calificado para ser, son dos cosas distintas.
Y aunque la Constitución Política queretana –haciendo eco de la Carta Magna de México- le abre la puerta todos los mexicanos para cumplir el sueño de gobernar los lugares que los vieron nacer, para los especialistas en política y administración pública esos requisitos ya no son suficientes en la segunda década del siglo XXI, sino que debe reunir cualidades profesionales, académicas, sociales, psicológicas y estratégicas.
En su artículo 14, la Constitución Político del Estado de Querétaro establece siete requisitos básicos para ser postulado y, en su caso, para ocupar cualquier cargo de elección popular, incluyendo el de Presidente Municipal.
Ellos se refieren a ser ciudadano mexicano y estar en pleno ejercicio de sus derechos políticos; estar inscrito en el Padrón Electoral; tener una residencia efectiva en el municipio mínima de tres años; no ser militar en servicio activo o contar con mando en los cuerpos policíacos; (en caso de desempeñar un cargo en la administración pública) separarse de sus funciones, mediante licencia o renuncia por lo menos 90 días naturales antes del día de la elección; (si se es Magistrado del Tribunal Electoral, como Consejero, Secretario Ejecutivo o Director Ejecutivo del Instituto, ni pertenecer al Servicio Profesional Electoral Nacional) separarse del cargo tres años antes de la fecha de inicio del proceso electoral de que se trate; y no ser ministro de algún culto religioso.
Sin embargo, para los especialistas las características que debe cubrir el perfil de quien aspire a conducir los destinos de un Municipio son mucho más amplias, dadas las demandas actuales que se tienen tanto en materia de administración pública, como de desarrollo, progreso, proyección y seguridad.
Según un análisis de la Asociación Nacional de Alcaldes A.C. (ANAC), además de los requisitos constitucionales, debe haber conciencia de las necesidades sociales y de los retos que enfrentan los gobernantes, por lo que las características como perfil idóneo para quien aspire a gobernar su ‘patria chica’ deben pasar por elementos que no necesariamente sin requisitos constitucionales, pero sí sociales, personales y profesionales.
“El Alcalde debe tener principios de honorabilidad y honestidad. De manera que se asegure la eficiencia y eficacia en la ejecución de tareas y actividades. Contar con una formación académica es importante y una gama de principios y valores bien reconocidos por las personas de su equipo y todos los vecinos”, advierte.
Por lo que aunque no es un requisito contar con un título para ocupar el cargo de Alcalde, es necesario que éste cuente con un equipo altamente calificado en temas técnicos y político en lo referente al lenguaje estatal y municipal.
Y agrega que el Alcalde debe ser un buen comunicador a favor de los ciudadanos, maneje técnicas de comunicación altamente efectivas; así como ser un gran estratega por naturaleza, para diseñar planes que conlleven a su destino con una visión a corto plazo.
El perfil idóneo que postula la ANAC se sustenta también en el hecho de que es un funcionario que tiene vocación para el servicio público por naturaleza, es aquel que tiene claro que se debe vivir para la política.
Explica que se trata de un servidor público que, en el ejercicio de la función pública, está obligado a poner al centro de las acciones de gobierno al ciudadano, pues se le considera un actor de suma importancia en la formulación, implementación y evaluación de políticas públicas.
Por lo que debe ser “una persona que es cercana, ya que tiene apertura para establecer el diálogo y estar en constante interlocución con la ciudadanía, construyendo la agenda pública incluyente de los gobiernos locales con base en las necesidades, anhelos y problemáticas que aquejan a la sociedad civil”.
De acuerdo con el perfil idóneo de quien encabeza la fórmula de Ayuntamiento diseñado por la ANAC, esta responsabilidad debe recaer en aquella persona que promueva al desarrollo sustentable como eje transversal de todas las políticas gobierno, incentivando la satisfacción de las necesidades colectivas en términos económicos y sociales, con un cuidado y protección permanente al medio ambiente.
“El Alcalde es un servidor público que tiene una visión a largo plazo de qué es y cómo se modela al municipio mexicano del futuro, que en el desarrollo de su gobierno se trabaje para conseguir un municipio democrático, incluyente, competitivo, seguro y sustentable”.
LO QUE DICE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO DE QUERÉTARO…
Artículo 14. Son requisitos para ser postulado y, en su caso, para ocupar cualquier cargo de elección popular, los siguientes:
- Ser ciudadano mexicano y estar en pleno ejercicio de sus derechos políticos;
- Estar inscrito en el Padrón Electoral;
- Tener residencia efectiva en el Estado, para el caso de Diputados, de cuando menos tres años anteriores a la fecha de la elección y para el caso de Gobernador, de cinco años. Para el caso de miembros del Ayuntamiento, tener una residencia efectiva en el municipio mínima de tres años;
- No ser militar en servicio activo o contar con mando en los cuerpos policíacos;
- No ser Presidente Municipal, ni ser titular de ninguno de los organismos a los que la Constitución Local otorga autonomía, ni ser Secretario o Subsecretario de Estado, ni titular de alguno de los organismos descentralizados o desconcentrados de la Administración Pública Federal, Estatal o Municipal, a menos que se separe de sus funciones, mediante licencia o renuncia en los términos de ley, por lo menos noventa días naturales antes del día de la elección;
- No desempeñarse como Magistrado del Tribunal Electoral, como Consejero, Secretario Ejecutivo o Director Ejecutivo del Instituto, ni pertenecer al Servicio Profesional Electoral Nacional, salvo que, en cualquier caso, se separe del cargo tres años antes de la fecha de inicio del proceso electoral de que se trate; y
- No ser ministro de algún culto religioso.
LO QUE DICEN LOS ESPECIALISTAS…
La Asociación Nacional de Alcaldes A.C. (ANAC) diseño las cualidades –además de los requisitos que marca la Constitución- que debe reunir el perfil idóneo del Presidente Municipal, atendiendo a las necesidades y retos a que se enfrentan los gobernantes:
- Contar con un título profesional y formación académica.
- Ser un buen comunicador a favor de los ciudadanos.
- Ser un gran estratega por naturaleza.
- Tener principios de honorabilidad, honestidad, principios y valores.
- Tener vocación para el servicio público por naturaleza.
- Poner al centro de las acciones de gobierno local al ciudadano.
- Ser una persona que es cercana para establecer el diálogo y estar en constante interlocución con la ciudadanía.
- Promover al desarrollo sustentable, incentivando la satisfacción de las necesidades colectivas en términos económicos y sociales.
- Tener visión a largo plazo para conseguir un municipio democrático, incluyente, competitivo, seguro y sustentable.