La Jueza Séptima de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativo y de Trabajo de Juicios Federales en el estado de Querétaro determinó dejar sin efectos la expulsión de un estudiante de Veterinaria de la UAQ por presuntos actos de zoofilia.
Al resolver el juicio de amparo interpuesto por el estudiante, señaló que en caso de querer imponer una sanción al estudiante, la Universidad no podrá emplear las pruebas recabadas por el abogado general de forma irregular.
En su argumentación, la jueza determinó que las autoridades de la UAQ “violaron el procedimiento establecido en el estatuto orgánico de dicha institución, pues conforme al ordenamiento previamente analizado, el Abogado General de la Universidad Autónoma de Querétaro carecía de facultades para llevar a cabo la carpeta de investigación” en contra del estudiante.
La facultad de investigación, precisó la jueza, “le compete exclusivamente a la Comisión Instructora como órgano colegiado y no a dicho funcionario actuando a título personal”.
Por esa actuación irregular del Abogado General “no es dable que las autoridades responsables tomen en cuenta las pruebas recabadas por el abogado general de la Universidad, para emitir sus respectivas resoluciones, ello en razón de que fueron rendida de forma ilegal y en perjuicio de los derechos fundamentales del quejoso”.
Además, en el dictamen mediante el cual se expulsó al estudiante de Veterinaria, nunca se comprobó que se haya cometido la zoofilia, de acuerdo con el razonamiento de la jueza.
“El dictamen de la Comisión de Honor y Justicia de la Universidad Autónoma de Querétaro se encuentra viciado de origen pues carece de la justificación primordial que consisten en la demostración de la conducta prohibida que dio origen a la sanción impuesta, motivo suficiente para conceder el amparo”, apunta la jueza.