DestacadasTráfico

Cárcel de hasta 3 años a quienes agredan a personal médico

*Diputados aprueban también castigos más severos a quien contagie a propósito COVID-19

El pleno del Congreso del Estado, aprobó este día reformas al Código Penal del Estado, para establecer un catálogo de delitos relacionados con la pandemia del COVID-19, entre los que destacan la prisión a quienes agredan a personal médico.

En sesión ordinaria, los legisladores locales aprobaron la iniciativa presentada por la fracción parlamentaria del Partido Acción Nacional (PAN) que castigará hasta 3 años de prisión a quienes agredan, o discriminen al personal de salud y de seguridad.

Además, de acuerdo con la reforma, las indagatorias y carpetas de investigación por estos delitos, se seguirán de oficio, por lo que no requerirán denuncia.

Con estas reformas se agravan las penas por agresión contra el personal de servicios de salud, en clínicas públicas y privadas, así como al personal de seguridad y protección civil.

Para estas conductas se establece una sanción de entre 1 y 3 años de prisión, o 25 a 100 días de trabajo a favor de la comunidad y de 50 a 200 días de multa.

Asimismo, los legisladores locales aprobaron incrementar las penas contempladas en el delito de peligro de contagio, con sanciones de 3 a 6 años de prisión contra quien, sabedor de que tiene Covid-19, rompa la cuarentena poniendo en riesgo al resto de las personas.

Incluso, se contempla sancionar a quien ponga en riesgo a otra persona por contacto o relaciones sexuales, cuando la segunda desconozca que se expone a la enfermedad.

Entre las acciones, también se establecen penas contra quienes convoquen a saqueos, y se busca crecer las sanciones contra quienes rompen las restricciones que se le hayan implementado por violencia familiar, esto con penas de 5 a 10 años de prisión.

Igualmente, se establece que por omisión de auxilio se castigará de uno a 5 años de prisión, o trabajo a favor de la comunidad, a quien se niegue ayudar cuando se entere que alguien se encuentre en desamparo o peligro manifiesto.

“En Querétaro buscamos proteger al personal médico y de salud que está librando la batalla contra el coronavirus en primera instancia, por lo que se crea una agravante para castigar la discriminación en contra de personal de servicios de salud públicos o privados, seguridad o protección civil”, dijo Verónica Hernández.

Los legisladores locales también modificaron el artículo 217 Bis del Código Penal, a fin de que los actos de violencia familiar sean castigados con una pena de prisión de cinco a 10 años.

Además, se le impondrá seis meses de trabajo en favor de la comunidad y tratamiento psicológico.

Para evitar un entorno de inseguridad e incertidumbre al sector comercial, se creó el tipo penal para castigar, con prisión de tres a seis años y de 500 a 1000 días multa a quienes convoquen, organicen, promuevan o difundan, por cualquier medio, la coordinación o ejecución de saqueos, robos o cualquier acto violento contra instalación pública o privada, negocios como supermercados, tiendas de autoservicio, mercados de alimentos, gasolineras, tiendas de abarrotes, comercios o cualquier otro tipo de establecimiento abierto al público.

También se implementan sanciones a quienes no respeten el periodo de asilamiento obligatorio impuesto por padecer una enfermedad transmisible grave o la cuarentena; en este caso, la pena será de 4 a 6 años de prisión y las medidas de seguridad de confinamiento respectivo que determine la autoridad judicial.

Además de que en el artículo 286, se incluye la tipificación para sancionar cuando la desobediencia sea respecto de medidas de seguridad sanitaria o de protección civil que hubieren sido dictadas por la autoridad competente durante una emergencia sanitaria.

Redacción El Queretano

Informamos y disfrutamos Querétaro. Hacemos periodismo útil y revelador. El Queretano es nuestras historias.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Botón volver arriba