Son los más usados por los queretanos, los que más ingresos dejan a las finanzas estatales, pero también los más perseguidos y los menos considerados. El nuevo reglamento estatal de tránsito pone a los automóviles en el último lugar de las prioridades viales.
De acuerdo con el director de Ingresos de Gobierno del estado, Javier Marra Olea, hasta la primera quincena de febrero se registró un incremento del 30 por ciento por concepto del pago de la tenencia y el refrendo vehicular, lo que representa una recaudación cercana a los 300 millones de pesos de una meta de 440 millones de pesos.
Es decir, los ingresos que los propietarios de vehículos dejan al estado son superiores al presupuesto anual de 14 de los 18 municipios.
Sin embargo, en el Reglamento de la Ley de Tránsito para el Estado de Querétaro se refleja totalmente lo contrario. Tal pareciera que fue hecho contra los automovilistas, y así consta desde su artículo 2, donde en la fracción Cuarta se establecen las prioridades viales y se ponen, incluso, a los camiones repartidores por encima de los autos particulares.
“IV. Se dará́ prioridad en la utilización del espacio vial, de acuerdo a la siguiente jerarquía: a) Peatones, en especial personas con discapacidad o movilidad limitada; b) Vehículos de emergencia; c) Ciclistas; d) Usuarios del servicio de transporte público; e) Prestadores del servicio de transporte público; f) Prestadores del servicio de transporte de carga y distribución de mercancías, y g) Usuarios de transporte particular automotor y motociclistas”.
Una fracción abajo, advierte que todos los usuarios de la vía, que son los enlistados en la fracción anterior, “y en especial los conductores de todo tipo de vehículos motorizados”, deben responsabilizarse del riesgo que implican para los demás usuarios de la vía, por lo que su conducción se realizará de manera precautoria y respetando las disposiciones del presente Reglamento.
Más aún, la fracción Sexta amenaza que “el uso de vehículos particulares deberá ser racional, con el objetivo de no afectar la salud de la población y proteger el medio ambiente”.
Incluso, la carga sancionadora va dirigida básicamente contra el conductor de un auto particular, quien desde ahora quedará integrado en un Registro Estatal de Conductores y un Sistema de Penalización por Puntos, mediante el cual se le podrá retirar el carnet de manejo por tres años en caso de acumular 12 unidades de penalización por diversas infracciones cometidas en el periodo de 12 meses.
Incluso, hasta en la infraestructura vial se impulsa desde la propia Ley de Tránsito para el Estado de Querétaro la disminución del área de rodamiento de los vehículos con el establecimiento de ciclovías y carriles confinados para el transporte público, como lo norma en sus capítulos Octavo y Noveno.
El artículo 75 párrafo 2 además establece que las vías de mayor afluencia vehicular deben fraccionarse para instalar ahí los carriles exclusivos del transporte público.
“(Los carriles confinados y preferentes) Serán prioritariamente instalados en las vías de mayor afluencia vehicular del estado, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables”.