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De reclusos, derechos y prohibiciones

En medio de la pandemia de Covid-19 que azuela al mundo desde hace casi dos años ¿Es válido que una autoridad exija certificados de vacunación para acceder a un sitio público? Muchos se hacen esa misma pregunta.

Algunos opinamos que sí, que, así como hay quienes están en todo su derecho de no quererse aplicar la vacuna contra la Covid-19, quienes sí lo hemos hecho tenemos derecho a protegernos y ello implica que los no vacunados tengan restricciones de movilidad y más en sitios públicos.

El tema viene a colación porque, luego de año y medio, finalmente las visitas a los centros penitenciarios de Querétaro se reanudarán este lunes.

Así es, estimado lector, querida lectora, cuando usted lea estas líneas, el portal de internet : https://visita.cespq.gob.mx/  para el registro de visitantes a los reclusos en Querétaro deberá estar ya funcionando.

Las visitas a los centros penitenciarios de Querétaro se suspendieron el 1 de junio de 2020 y, ahora, el Comité de Salud del estado y la Comisión Estatal del Sistema Penitenciario de Querétaro determinaron que las visitas a los reclusos pueden reanudarse con ciertas medidas restrictivas.

Así, fue aprobada la reactivación de la visita familiar para las personas privadas de la libertad a partir del 22 de noviembre del 2021.

El acuerdo publicado ya en el periódico oficial del estado refiere que dicha reactivación deberá estar alineada al cumplimiento de los “Lineamientos de medidas de seguridad sanitaria por COVID- 19 para la reactivación de visita familiar en los Centros Penitenciarios de Querétaro”.

Eso, en buen cristiano no es otra cosa que la obligación de que aquellos que quieran visitar a un familiar privado de su libertad deberá cumplir, necesariamente, con dos requisitos:

1.- Presentar prueba PCR o de antígenos negativa y

2.- Presentar certificado de vacunación.

Esta medida se constituye, por si misma y en los hechos, en la primera que toman las autoridades locales de prohibir el paso a una instalación pública a aquellas personas que hayan decidido o que, por alguna otra razón, no cuenten con esquema completo de vacunación contra la Covid-19.

Y es aquí donde se centra la discusión respecto de los derechos de los reclusos y de sus familiares.

¿Tiene derecho la autoridad de impedirle a un recluso ver a un familiar, aunque ese familiar no esté vacunado? Yo creo que sí, los demás reclusos deben tener garantizado su derecho a la salud y eso implica el impedir que personas con altas posibilidades de ser contagiosos accedan a las instalaciones de los centros penitenciarios.

También habrá quiénes se pregunten dónde quedan los derechos de las personas que decidieron no vacunarse y sin embargo desean visitar a un familiar que purga una condena o está recluido en un centro penitenciario. Vale la pena discutirlo, pero también creo que ese derecho termina cuando inicia el derecho de los reclusos a una vida saludable.

En fin, que en el fondo, hay dos temas de suma relevancia en esta decisión de las autoridades queretanas.

Por un lado, las visitas a los reos de los diferentes centros de reinserción social se reactivan, lo que significa una buena noticia para ellos y sus familiares.

Y en segundo término, la determinación, de facto, de las autoridades, de prohibir, por primera vez, el acceso a una instalación pública, a personas sin certificado de vacunación contra Covid-19.

Quejas dudas y comentarios: @Paniagua_Fdo

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