El documento se presentó el jueves 25 de febrero para que se aprobara ese mismo día, pero, ante las inconformidades, se abrió un tiempo para que se presentaran observaciones.
Se trata de las propuestas del Código de Ética y el Código de Conducta del Tribunal Superior de Justicia del Estado. A la fecha se han presentado al menos 3 documentos de igual número de magistrados con observaciones y mañana martes 15 de marzo, en sesión de pleno se abordará el tema que tiene varias aristas.
Las propuestas fueron presentadas por la Magistrada presidenta, Mariela Ponce Villa que, entre un cúmulo de regulaciones, aborda algunas que parecen, por decir lo menos, inquisidoras.
El artículo 87 del Código de ética, plantea que los trabajadores del Poder Judicial deben actual “con el debido cuidado y diligencia al hacer amistades y conexiones y/o aceptar solicitudes de amistad en línea”.
El artículo 88 pide “monitorear periódicamente sus cuentas en redes sociales, tanto pasadas como presentes, y tomar medidas para revisar el contenido y las relaciones en línea cuando sea necesario”; sin embargo, no dice si el monitoreo es de las redes propias o de los compañeros o si lo harán los superiores jerárquicos respecto de sus subordinados, lo que evidentemente violentaría los derechos humanos de los segundos.
Más aún, el artículo 99 del Código de Conducta pide “ser cauteloso a la hora de seguir o darle me gusta a publicaciones de ciertos grupos de defensa, campañas o comentaristas particulares, donde la asociación con ellos podría dañar la confianza pública, sobre todo tratándose de impartidores de justicia por la cual se pudiese dañar la confianza en la imparcialidad del juez o del Poder Judicial en general”.
O sea, ¿Por un ‘like’ una secretaria de acuerdos podría ser sancionada o por un ‘follow’ o un ‘retweet’, un proyectista podría ser castigado? Eso es un exceso.
Pero eso no es todo, el mismo código de conducta un uso ético y cuidadoso de las redes sociales como foros de internet, Blogs, Facebook, Flickr, Twitter, Instagram, Pinterest, Snapchat, Telegram, Tik Tok, WhatsApp, Yammer, You Tube, Tinder, Zoom, LinkedIn, entre otras, de conformidad con los valores y principios del presente Código de Ética y del Código de y Conducta”.
Y sigue:
“Cuando se dice o expresa algo a través de las acciones o reacciones previstas en las plataformas sociales, en modo directo o indirecto, tales como «compartir» un texto o una imagen, poner un «me gusta» o efectuar un retuiteo (retwittear) determinado, entre otros modos de demostrar aprobación o desaprobación, dichas acciones se consideran expresiones reguladas por las disposiciones del presente Código y del Código de Conducta”. De ese tamaño el Big Brother.
Ahora, por el otro lado, está la postura oficial de quien planteó estos documentos. Al interior del TSJ ha habido en los últimos años un relajamiento tal que es muy frecuente ver en las redes sociales de personal de ese Poder del Estado fotos de festejos de cumpleaños, navideños y de todo tipo al interior de las oficinas de los juzgados.
Y en ese relajamiento de las conductas de los servidores públicos del Poder Judicial hay casos extremos como el de un juez que, durante meses, no supieron nada de él. Veremos en que para la cosa.
Quejas, dudas y comentarios: @Paniagua_Fer7