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Tribunal declara inconstitucional acuerdo de alza al transporte de 2018

El Tribunal Colegiado de XXII Circuito en Materia Administrativa y Laboral concluyó que el acuerdo que aumenta la tarifa del transporte público colectivo en Querétaro es inconstitucional, porque carece del estudio socioeconómico que lo sustente.

En la revisión del amparo 25/2021 en materia administrativa en el que se recurre al gobernador y al secretario de Gobierno del estado, el magistrado Germán Tena Campero resolvió la inconstitucionalidad, a pesar de que en la sentencia del 12 de noviembre de 2020, el Juzgado Quinto de Distrito de Amparo y Juicios Federales sobreseyó el juicio de amparo.

El juicio se originó a partir de la inconformidad por el acuerdo por el que se determina y autoriza la tarifa aplicable al servicio de transporte público colectivo de Querétaro, que se publicó en el periódico oficial “La Sombra de Arteaga” el 21 de diciembre de 2018.

El abogado César Tarello Leal dio a conocer la sentencia, ya que “el acuerdo que aumenta la tarifa de transporte público colectivo en Querétaro es inconstitucional por carecer de estudio socio económico, tal y como lo demandamos hace tres años”.

“Hoy el Tribunal Colegiado de XXII Circuito en materias Administrativa y Laboral nos dio la razón en la revisión 25/2021. Queda demostrado una vez más que el ejecutivo estatal en Querétaro actúa con malicia y mediante la imposición de intereses particulares contrarios a la Constitución”, declaró Tarello Leal.

Desde 2015, el abogado integró una carpeta con 36 demandas de amparo, respaldadas cada una por 50 ciudadanos, contra el incremento en la tarifa del transporte público en la zona metropolitana y mantuvo la lucha jurídica para promover la inconstitucionalidad del aumento.

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