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TEEQ enmienda la plana al municipio de Colón

Dentro del juicio TEEQ-JLD-22/2020 promovido por un regidor del Ayuntamiento de Colón, Querétaro, (Manuel Terrazas Pérez), contra la negativa del secretario del referido Ayuntamiento, de atender su solicitud de incluir un punto de “Asuntos Generales” en el orden del día de las sesiones ordinarias de cabildo y como consecuencia de ello restringir sus derechos políticos relativos a la libertad de expresión y deliberación.

El Pleno del Tribunal Electoral determinó fundado el agravio, debido a que, de un análisis del marco jurídico de los ayuntamientos, las regidurías, los elementos inherentes a ser votado, así como la normativa interna del municipio de Colón, se advierte que su actual estructura normativa que regula el desarrollo de las sesiones de cabildo en el citado municipio, vulnera su derecho a ser votado, al contener obstáculos que afectan el principio de representatividad inherente al cargo que ostenta, al no permitirle, en lo individual, agregar puntos al orden del día.

Por tal motivo, el Tribunal Electoral del Estado de Querétaro (TEEQ), resolvió revocar el acto impugnado, para el efecto de emitirse una nueva convocatoria a la sesión ordinaria de cabildo e incluir un apartado de “Asuntos Generales”.

Asimismo, se vinculó a la Comisión de Gobernación, al Presidente Municipal y al Secretario del Ayuntamiento, todos del municipio de Colón, para que lleven a cabo las adecuaciones normativas correspondientes con el fin de garantizar que las regidurías, en ejercicio del cargo para el que fueron electas y respecto a temas inherentes a las competencias municipales, puedan incluir puntos en el orden del día de las sesiones ordinarias de cabildo.

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