En la sesión de pleno en el Congreso del Estado, donde se aprobaron con 19 votos las reformas a la Ley Electoral del Estado de Querétaro, la diputada por el Partido Encuentro Social, Elsa Méndez Álvarez, presentó una reserva para sustituir la frase “paridad de género” por “paridad entre hombres y mujeres”.
“Los cargos públicos y de elección popular se obtienen de manera constitucional mediante la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres. Las entidades federativas, bajo la condición contenida en el artículo 1 de la CPEUM, tienen la obligación de que no se genere desigualdad manifiesta que atente contra la dignidad humana bajo los principios rectores del derecho político electoral y debemos de darnos a la tarea de no legislar contra los principios de igualdad y de no discriminación de hombres y mujeres”.
En tribuna explicó que tenemos la libertad histórica de establecer, según nuestra situación sociológica y demográfica normas para legislar en materia de oportunidades entre hombres y mujeres como es el caso, es decir, que constitucionalmente tenemos la obligación de garantizar la igualdad y no discriminación entre personas y no entre géneros.
“Nuestra Constitución en el artículo 7 establece un principio de paridad que puede ser perfeccionado con el fin de connotar que nos referimos a hombres y mujeres y no a comportamientos, roles, conceptos, funciones y/o valoraciones sociales atribuidos a cada sexo como lo es el de hombre y mujer, es decir, que nuestra Constitución debe otorgar derechos específicos de lo general a lo particular en cuanto al principio de paridad entre hombres y mujeres a razón de su identidad biológica”.
Destacó que por tal motivo y con la finalidad de dar mayor certeza a esta reforma constitucional sometió a consideración del pleno el sustituir la frase “paridad de género” por “paridad entre hombres y mujeres”.

