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Nombra INE a integrantes del Consejo Local Electoral de Querétaro

El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó –por unanimidad- la designación de los 12 consejeros electorales propietarios y suplentes, que integrarán el Consejo Local del estado de Querétaro que funcionará durante el Proceso Electoral Federal 2017-2018 y los extraordinarios que, en su caso, se deriven de aquél.

Las fórmulas fueron las integradas por Martín Camacho Helgueros, como propietario, quien va acompañado de Omar Alí Novella Erreguín, como su Suplente; Evaristo Martínez Clemente, Propietario, y José Armando Noguerón Ríos, Suplente; Alejandra Martínez Galán, Propietario, con Guadalupe Gutiérrez Herrera, Suplente; Irma Montes Barrera, Propietario, y Lidia Aurora López Núñez, Suplente; Alma Fabiola Rodríguez Martínez, Propietario, María de Jesús Oros Luengo, Suplente; y José Manuel Sabino Bustamante, Propietario, Olverio Castillo Ramírez, Suplente.

El Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova, señaló que esta designación supone un involucramiento masivo de ciudadanas y ciudadanos, que son los verdaderos autores de una elección.

“Con la designación de los consejeros locales de cada una de las 32 entidades federativas inicia la conformación de una cadena de confianza que fue pensada desde hace 27 años. Las elecciones no sólo son para los ciudadanos, para que los ciudadanos se expresen y recreen el poder político, sino que son realizadas por los ciudadanos”, aseveró.

Explicó que “la instalación de los consejos locales estaría prevista para la primera semana del mes de noviembre”.

El Consejo General, aprobó el procedimiento de designación de consejeros y consejeras de los Consejos Distritales del Instituto, así como el modelo de Convocatoria y otros documentos para el desahogo de dicho procedimiento.

La Convocatoria para la designación de las y los consejeros de los consejos distritales, la emitirá en el mes de noviembre el Consejo Local respectivo una vez que se instale para dar a conocer el plazo de recepción de solicitudes que cumplan con los requisitos establecidos por la Ley Electoral y el Acuerdo INE/CG449/2017 de fecha 5 de octubre del año en curso.

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