En un avance significativo hacia la garantía de los derechos reproductivos y la protección de la salud de las mujeres, el diputado por Morena, Arturo Maximiliano García, presentó la Iniciativa de Ley que Reforma, Adiciona y Deroga Diversas Disposiciones del Código Penal para el Estado de Querétaro y Reforma y Adiciona Diversas Disposiciones a la Ley de Salud del Estado de Querétaro en Materia de Interrupción del Embarazo durante las primeras 12 semanas.
El legislador señaló que esta iniciativa busca ofrecer un acceso seguro a la interrupción del embarazo reduciendo las muertes causadas por abortos clandestinos, lo que significará dar un paso hacia un Querétaro más justo, donde la salud pública y los derechos de las mujeres deben ser una prioridad.
En este sentido, esta reforma establece que las instituciones públicas de salud del Estado atenderán las solicitudes de interrupción del embarazo a todas las mujeres que lo soliciten, independientemente de si cuentan con otros servicios de salud públicos o privados, este servicio será universal, gratuito y sin condiciones.
Además, a quienes hayan practicado una interrupción de embarazo se les ofrecerán servicios de salud sexual, reproductiva y planificación familiar de manera integral y sin prejuicios.
La iniciativa está basada en tratados internacionales y recomendaciones de organismos como la ONU y la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que reconocen el aborto seguro como un derecho humano. Es un imperativo del Estado garantizarlo.
El diputado expresó que en el marco de la dignidad y la autonomía se reconoce el derecho de cada mujer a decidir si desea convertirse en madre, asegurando que su proyecto de vida y sus decisiones personales sean respetadas. Agregó que con esta iniciativa Querétaro refuerza el derecho de las mujeres y personas gestantes a decidir libremente sobre su salud reproductiva.
La reforma incorpora una actualización en el Código Penal, en donde se especifican los casos en los que se excluye la responsabilidad penal en caso de aborto dentro de las primeras doce semanas de gestación y son los siguientes: cuando el embarazo sea producto de una violación, cuando la salud de la mujer esté en riesgo, o si el feto presenta alteraciones genéticas o congénitas graves.
Así en todos estos casos, los profesionales de la salud deberán proporcionar información precisa y completa para que la decisión sea libre e informada.
Las instituciones de salud de Gobierno del Estado deberán proceder a la interrupción del embarazo en los supuestos donde las causales son excluyentes de responsabilidad penal, el cual deberá realizarse en un término de cinco días naturales, contados a partir de que se presente la solicitud y satisfechos los requisitos que se establezcan en la legislación aplicable.
El legislador morenista agregó que los médicos que, por convicciones personales, se rehúsen a realizar el procedimiento podrán hacer uso de su derecho a la objeción de conciencia. Sin embargo, están obligados a referir a la paciente a un médico no objetor para garantizar su acceso a los servicios.
Esta iniciativa de ley reforma el párrafo primero del artículo 136, 137,138,141,142, fracciones I y II del artículo 142; se adiciona el párrafo segundo y tercero del artículo 136, el párrafo segundo del artículo 138 y 141, las fracciones III y IV, párrafo segundo del artículo 142; se deroga los artículos 139 y 140, todos del Código Penal para el Estado de Querétaro.
Asimismo, Arturo Maximiliano García presentó una Iniciativa de Acuerdo por el que se Exhorta al titular de Ejecutivo del Estado de Querétaro para que a través de la Secretaría de Salud y la Secretaría de la Mujer realicen una intensa campaña de difusión sobre la prevención del embrazo de niñas y adolescentes aprovechando estructuras físicas y todos los canales de difusión existentes.
Además, dentro del ámbito de su competencia la Secretaria de Educación deberá vigilar que los planes y programas de estudio que se impartan se apeguen a los establecido en la ley general de Educación.