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Alcaldes que busquen reelección en 2021 deberán separarse del cargo el 7 de marzo

Aquellos presidentes municipales que busquen la reelección en el proceso electoral del 2021 deberán separarse del cargo, a más tardar el próximo 7 de marzo.

Lo anterior se desprende de los Lineamientos para la elección consecutiva aprobados recientemente por el Instituto Estatal Electoral de Querétaro (IEEQ)

En el capítulo segundo, titular de la Postulación de integrantes de ayuntamientos se explica el procedimiento que deberán seguir los presidentes municipales del estado que busquen la reelección.

“Las presidentas y presidentes municipales que sean postuladas por los entes deberán separarse del encargo a más tardar el 7 de marzo de 2021”, se lee en el artículo 11 de los lineamientos.

Este mismo requisito se marca para los alcaldes, síndicos y regidores que accedieron a los cargos por la vía independiente.

El mismo artículo indica que para acreditar este requisito se tendrá que entregar o aportar en la etapa procesal correspondiente el documento en el que conste la licencia o renuncia en términos de la ley, de conformidad con los artículos 8, fracción V de la Constitución local y 14, fracción V de la Ley Electoral, así como con base en el calendario del Proceso Electoral local 2020-2021.

Además, deberán presentar un escrito que contenga la manifestación, bajo protesta de decir verdad, de que cumple con los requisitos establecidos en los artículos 8 de la Constitución local y 14 de la Ley Electoral y que cumple con las disposiciones previstas en materia de elección consecutiva en términos de la Ley Electoral.

Independientes deben recabar firmas nuevamente

Asimismo, los Lineamientos para la elección consecutiva del IEEQ, indican que quienes hayan accedido a algún cargo municipal por la vía independiente, deberán, nuevamente, recabar las firmas de apoyo.

“Las personas integrantes del Ayuntamiento que hayan obtenido el triunfo, por el principio de mayoría relativa, registradas por la vía independiente, podrán postularse de manera consecutiva a través de la misma figura, para lo cual, deberán recabar nuevamente las manifestaciones de respaldo de la ciudadanía y ajustarse a lo previsto en la normatividad aplicable”, indican los lineamientos.

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